Ten en cuenta que todos los documentos deben estar traducidos al español y certificados por el Consulado General (excepto los pasaportes). Todos los documentos originales deben presentarse con una copia adjunta (las copias se realizan tras la certificación de la traducción y/o la legalización del documento). Si solicitas un visado de estudiante para España, los siguientes documentos deben estar notariados:
- Certificado de antecedentes penales
- Certificado médico
- Certificado de ingresos
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En cualquier fase del trámite del visado, el Consulado General podrá exigir la comparecencia personal del solicitante y, si fuera necesario, realizar una entrevista personal.
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El Consulado General se reserva el derecho de solicitar cualquier documento adicional.
Para solicitar el visado de estudiante español de larga duración, debes cumplir varias condiciones
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El solicitante no debe ser ciudadano de Suiza ni de ningún otro país de la UE, ni familiar de ciudadanos de dichos países.
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No debe existir ninguna prohibición de estancia en países del espacio Schengen, especialmente en España.
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El solicitante debe disponer de fondos suficientes para cubrir todos los gastos de residencia en el país y de regreso a su país de origen. La cantidad requerida se calcula en función del coste de vida.
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Debe contratarse un seguro médico con una compañía aseguradora española (pública o privada). Sin este requisito no se expedirá el visado de tipo D para estudiar en España.
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Si el solicitante es menor de edad y permanecerá en el país sin sus padres, deberá presentar ante el departamento consular un permiso de salida notariado. Este documento debe indicar el nombre de la organización responsable de la educación y residencia del estudiante menor durante el período de estudios (el visado de estudiante español se expedirá por el mismo período).
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El estudiante solo podrá estudiar en instituciones educativas españolas acreditadas, en programas de jornada completa que otorguen certificado o diploma.
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Si la estancia en España supera los 6 meses, el solicitante deberá presentar un certificado de antecedentes penales de los últimos cinco años y una confirmación de no padecer enfermedades infecciosas.
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Los padres de menores deben tener en cuenta lo siguiente:
- España no expide visados con fines de tutela, por lo que el tutor del menor debe buscarse con antelación.
- El nivel mínimo de ingresos del estudiante debe equivaler al 100 % del mínimo vital mensual, es decir, 550 EUR. Se pueden hacer excepciones si el alojamiento está pagado por todo el período de estudios por adelantado.
- El nivel mínimo de vida de cada padre del estudiante debe ser el 75 % del mínimo vital (420 EUR), y el 50 % de este nivel (280 EUR) para el resto de los familiares. Se pueden hacer excepciones si el alojamiento está pagado por adelantado para todo el período de estancia.
- Estos fondos no incluyen cantidades destinadas o previstas para cubrir el coste de estudios, programas de intercambio o prácticas.
- Para estudiantes menores de 18 años:
- Certificado de nacimiento, traducido al español y certificado por el Consulado General de España o por un traductor jurado en España.
- Autorización de los padres o tutores para el traslado del menor a España (que incluya información detallada sobre la persona responsable del menor en España, la dirección de residencia del menor mientras esté en España, el nombre y dirección de la institución educativa, la autoridad responsable de su actividad y las fechas previstas de estancia del estudiante), notariada con Apostilla de La Haya y traducida al español, certificada por el Consulado General de España o por un traductor jurado en España.
- Se requiere una declaración de un notario español de la persona responsable del menor en España, que confirme que dicha persona será responsable del menor durante todo el período de su estancia en España. Además, es necesario aportar la dirección donde residirá el menor en España y el documento de identidad del responsable.
La solicitud del visado de tipo D para estudiar en España solo puede presentarse en el consulado español
Para obtener el visado de estudiante español de categoría D de larga duración, se requieren los siguientes documentos (originales y copias):
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Solicitud de visado nacional firmada y cumplimentada (2 copias) en español. En el caso de un solicitante menor de edad, debe estar firmada por sus representantes legales.
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Pasaporte con validez mínima de 3 meses tras el regreso al país de origen desde España, junto con copias de todas sus páginas. Asimismo, deberás presentar el pasaporte nacional y copias de todas sus páginas.
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Garantías financieras que acrediten fondos suficientes para la educación, la residencia en España y el regreso, como carta de patrocinio, certificado de empleo y extracto bancario.
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Autorización de los padres, tutores u organizaciones responsables de enviar al estudiante a estudiar a España si es menor de 18 años. Esta autorización debe estar notariada.
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Documento que acredite la disponibilidad de alojamiento para el estudiante durante todo el período de estudios, como contrato de alquiler o confirmación de pago del alojamiento.
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Póliza médica expedida por una compañía aseguradora acreditada en España, que cubra todo el período de estancia en España, incluidos los gastos médicos y los costes de repatriación en caso de accidentes o enfermedades repentinas. Esta póliza médica debe estar traducida al español.
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Confirmación de matrícula en una institución educativa, donde se indique el nombre del estudiante, el nombre de la universidad/escuela, el nombre del curso, el período de estudios y el total de horas semanales de formación.
Podrán requerirse documentos adicionales según el propósito de la estancia, en particular información relacionada con estudios, investigación científica, programas educativos o participación en programas de intercambio estudiantil.
Si el período de estancia en España supera los 6 meses, el estudiante deberá presentar un certificado médico y un certificado de antecedentes penales con Apostilla, expedido por organismos oficiales en los últimos 5 años (para adultos).
Todos los documentos deben estar traducidos al español y certificados oficialmente por el Consulado General de España.
Las normas fundamentales son las siguientes:
- La solicitud del visado de estudiante de categoría D debe presentarse en persona por el propio solicitante o por sus representantes legales (padres o tutores) si el solicitante es menor de edad.
- La solicitud debe presentarse en el consulado español o en el servicio diplomático en el país del solicitante.
- En el momento de presentar la solicitud debe abonarse una tasa de 60 EUR. La tasa no es reembolsable en caso de denegación del visado.
- La solicitud de visado de larga duración se tramita en un plazo de 30 días a partir de la fecha de presentación. Si no se recibe respuesta en un mes, se considera que la decisión no fue favorable para el solicitante y el visado fue denegado.
- El solicitante podrá ser convocado a la embajada para una entrevista.
- Podrán solicitarse documentos adicionales en cualquier momento.
- Si la solicitud es aprobada, el solicitante deberá obtener el visado de estudiante español en un plazo de 2 meses desde la fecha de notificación. De lo contrario, se considerará que ha renunciado al visado y los documentos serán archivados.
- La validez del visado no puede exceder de un año y siempre coincide con el período de estudios.
- Al recibir un visado nacional, expedido por un período de solo 3 meses, es necesario solicitar la tarjeta de estudiante (tarjeta de estudiante) durante un mes tras la llegada a España, generalmente por todo el período de estudios.
Para solicitar la tarjeta de residencia, se requieren los siguientes documentos:
- Pasaporte válido con visado
- Formulario de solicitud cumplimentado (EX-17) para la expedición de la tarjeta de plástico
- Justificante de pago de la tasa (10,20 EUR)
- Fotografías en color (3 unidades) con fondo blanco, de 3,5 cm x 4,5 cm
Si existe la posibilidad de trabajar y estudiar simultáneamente, el estudiante tiene derecho a trabajar como autónomo o como empleado con la autorización correspondiente.
La prórroga del visado de categoría D es posible sin salir de España.
Los titulares del visado de categoría D para estudiar en España tienen derecho, en igualdad de condiciones con los residentes, a invitar a sus familiares a España. Para ello se requiere una fotocopia de la tarjeta de residencia y un documento que acredite el parentesco.
DOCUMENTOS:
Además de los documentos aportados, el servicio consular se reserva el derecho de solicitar cualquier información adicional que considere necesaria, como el contenido del plan de estudios, confirmación de investigación en curso, certificado de estudios anteriores, confirmación de pago o reserva del curso (incluida la información del pagador para solicitantes menores de edad), o copia de la Nota Simple informativa del registro de propietarios al presentar un contrato de arrendamiento o invitación de una persona privada, etc.
COPIAS:
Ten en cuenta que cada documento debe presentarse con una copia. Las copias se realizan tras la certificación de la traducción y/o la legalización del documento.
TRADUCCIÓN:
Se requiere traducción al español para todos los documentos presentados en otros idiomas.
ENTREVISTA:
En cualquier fase del proceso de solicitud y del trámite del visado de estudiante español, el Consulado General podrá solicitar la comparecencia personal del solicitante si lo considera necesario.
ATENCIÓN: Esta información no sustituye a las normas vigentes que se aplican en todos los casos